Maniobra de Kristeller, no gracias!

Maniobra de Kristeller, no gracias!

La maniobra de Kristeller está contraindicada por la Organización Mundial de la Salud, la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) y ha sido prohibida por ley en algunos países como el Reino Unido por su peligrosidad. Sin embargo continúa siendo utilizada de manera muy habitual en un gran número de hospitales españoles, a pesar del riesgo que esta maniobra conlleva tanto para la madre como para el bebé y a pesar de que puede producir daños graves e irreversibles.

maniobra de kristeller
La Maniobra de Kristeller es un acto brutal y tremendamente doloroso para la madre y también puede serlo para el bebé.

• Algunas de las graves consecuencias que pueden sufrir las MADRES:
Rotura uterina e inversión uterina, hemorragias graves, desgarros de tercer y cuarto grado, perineales y vaginales, Prolapso urogenital, Desprendimiento prematuro de placenta, Fractura costal…

• Peligro para los BEBÉS:
Aumento de la probabilidad de fractura de clavícula, trauma encefálico y desgarro del músculo esternocleidomastoideo, Parálisis de Erb, Fractura de húmero o de costillas, Hipoxia, Lesiones de órganos internos, Hematomas, Incremento de la presión intracraneal, cefalohematoma, hemorragias intracraneales…

No a la Maniobra Kristeller

Por desgracia la maniobra de Kristeller es realizada por matronas y obstetras de manera demasiado habitual con el fin de acabar antes con el parto, pero no por razones de emergencia (dónde estarían indicadas otro tipo de intervenciones). En lugar de realizar esta maniobra, los asistentes deberían respetar los tiempos de la mujer, animarla a adoptar posturas que favorezcan el descenso del feto (verticales) y procurarle confort físico y psicológico.

Para evitar ser víctimas de la Maniobra de Kristeller y otras acciones de Violencia Obstétrica es fundamental que estemos bien informadas antes del parto para poder elegir y también poder decir “no”.

La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica garantiza el derecho todo paciente o usuario a negarse a una intervención o tratamiento médico.

También es muy recomendable preparar y presentar con antelación un Plan de Parto.

Más información en http://elpartoesnuestro.es/informacion/campanas/campana-stop-kristeller-cuestion-de-gravedad


* AÑADIDO (21/05/2013)
: Al buscar en las fuentes originales, por casualidad hemos descubierto que parece que la SEGO hubiera hecho una rectificación a posteriori en la GUIA DE ASISTENCIA AL PERIODO EXPULSIVO, 2008 (pag. 7) y se ha omitido la palabra “Maniobra de Kristeller”, aunque no el texto que la acompañaba:

“La expulsión de la cabeza fetal se hará de la forma más lenta y controlada posible. La presión sobre el fondo uterino, podrá ser utilizada sólo con la intención de ayudar al desprendimiento de la cabeza, pero en ningún caso para facilitar el descenso de la presentación.”

Según el foro de matronas y numerosas fuentes, como el Periódico de Extremadura que compartieron en su día la publicación, el parráfo original dice así:

La expulsión de la cabeza fetal se hará de la forma más lenta y controlada posible. La presión sobre el fondo uterino, podrá ser utilizada sólo con la intención de ayudar al desprendimiento de la cabeza, pero en ningún caso para facilitar el descenso de la presentación. La clásica maniobra de Kristeller está contraindicada.”

La pregunta terrible es ¿A quién se pretende proteger con esta omisión?

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